La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece, en el artículo 21, que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos, además de tener el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
También consigna que la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público, y que esta se expresa a través de elecciones, por sufragio universal e igual, y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto. De este modo, la participación queda consagrada como un derecho humano y debemos entenderla y tomar los resguardos necesarios para ejercerla como tal.
Algunos de los resguardos que se deben tomar para ejercer el derecho humano a la participación se expresan en estándares para la participación efectiva. Aquí enumeramos algunos:
Acceso oportuno a la información
Para poder ejercer nuestro derecho a la participación de manera plena, las personas debemos poder formarnos e informarnos sobre los temas que se discutirán (en el debate constitucional, en nuestro caso), para así poder tener una opinión propia y eventualmente ser parte de la discusión.
Igual de importante es conocer quiénes son las personas por las que podremos votar en la papeleta, ya que la elección de cuál es la candidatura de nuestra preferencia debe basarse en el panorama más completo posible. Este ejercicio de educación cívica, el PNUD lo clasifica como un tipo de participación en sí mismo, solo que es pasiva… ¡Y es requisito necesario para cualquier involucramiento más activo que pueda darse a través de otros mecanismos!
Involucramiento voluntario
Entendiendo que al participar las personas estamos ejerciendo un derecho, es crucial que podamos hacerlo de manera libre y autónoma. El momento en que el involucramiento está presionado, manipulado o es derechamente producto de la coerción, deja de ser un ejercicio libre de este derecho. Las personas debemos tomar parte en los asuntos públicos del país por voluntad propia.
Participación vinculante
La participación ciudadana organizada desde las instituciones públicas a veces se implementa por cumplir, y no con un verdadero ánimo de hacer a la población partícipe de las decisiones políticas: se hace con fines consultivos, no se incorpora el parecer vertido por la ciudadanía, y/o no se informa a la ciudadanía sobre qué se hizo con las opiniones recogidas (no existe una devolución).
Todos estos escenarios incumplen con una participación, entendida como un derecho que tenemos todas y todos de involucrarnos en los asuntos públicos. El estándar es, entonces, más exigente, y propone que los mecanismos que se implementen tengan efectos palpables como consecuencia. Esto solo se puede asegurar con mecanismos vinculantes de participación.
Accesibilidad universal
La participación, al ser un derecho, aplica para cada persona, sin discriminaciones. Por lo mismo, todas y todos debemos poder acceder en igualdad de condiciones. Entendiendo que Chile es un país profundamente desigual, se deben llevar a cabo acciones afirmativas para equiparar la cancha y asegurar esa igualdad de condiciones. Para que todos los grupos de la población se hagan parte de los procesos participativos, muchas veces será necesario adaptar los procesos a las realidades y necesidades de estos grupos.
Nuestra cultura patriarcal dificulta la actividad de las mujeres en todos los ámbitos de la esfera pública. Y así como sabemos, por ejemplo, que el cotidiano de hombres y mujeres difiere mucho por las cargas extras que implican las labores domésticas y de cuidado, también debemos tomar en consideración las múltiples brechas que existen en nuestro país, desde la educacional hasta la digital, donde la población rural y las personas en situación de pobreza no tienen las mismas oportunidades que otros grupos.
Los prejuicios y el desconocimiento de la realidad de otros y otras también suponen un obstáculo para la participación de grupos de especial protección, como sabemos que ocurre explícitamente en el caso de las diversidades sexuales, las personas privadas de libertad y las personas con discapacidad. Respecto a este último grupo, hay que considerar también que el formato del contenido, las metodologías y la instancia participativas pueden significar en sí mismo una exclusión si no se hace pensando en ellas y ellos. En el caso de personas migrantes o de pueblos originarios, muchas veces existe además una barrera idiomática. Todo esto se ve aumentado cuando una persona pertenece a más de un grupo (interseccionalidad) y vive en regiones, que en nuestra cultura centralista les aleja doblemente de los procesos de toma de decisión.
Estos son solo algunos de los aspectos a los cuales habría que prestar atención para tener un acceso universal a la participación en nuestra vida pública, como país.
Para el proceso constituyente debemos procurar tener siempre una perspectiva de género, de inclusión y de descentralización, para que realmente todo Chile pueda hacerse parte del debate.
Transparencia
La transparencia eleva los niveles de confianza en los procesos y, con ello, la legitimidad. Mientras más pueda verse desde afuera cómo está funcionando el trabajo al interior de las instituciones públicas, más podrá la ciudadanía ejercer un rol de observadora y velar por el correcto desempeño de nuestras y nuestros representantes. Cuando no se puede ver hacia adentro, cuando en vez de transparencia hay opacidad, no hay cómo saber a qué responde la toma de decisiones, lo que puede instalar sospechas en la ciudadanía. En casos como la crisis de confianza institucional que tenemos hoy en Chile, es fácil que la ciudadanía dude de las verdaderas intenciones de quienes ejercen el cargo público y surjan dudas sobre si hay “cocinas” y corrupción.
En este contexto, el proceso constituyente se debe hacer de cara a la ciudadanía y tal como lo propone el Consejo para la Transparencia. Eso implica no sólo que existan normas de probidad básicas, sino también con acceso público a la información y al debate mismo dentro del Consejo Constitucional, en todos sus espacios.
Desde el inicio de la pasada Convención Constitucional se dio un debate sobre si el abrir la discusión de la Convención al público no sería peligroso para las y los convencionales, ya que les expone a la opinión pública, pero no fue así…
Debemos recordar que el escrutinio de la ciudadanía es parte de la función pública, al cual nuestras y nuestros representantes están sujetos.
Dicho esto, también se debe reconocer la importancia del secreto en ocasiones puntuales y acotadas. Este puede ser el caso de los asuntos que tienen relación con la seguridad nacional, por ejemplo.