En esta guía te compartimos información básica para entender el principio de paridad, desde una definición sencilla del concepto, hasta los instrumentos jurídicos que le dan sustento a nivel internacional y nacional. También encontrarás algunos recursos en línea que puedes consultar para conocer un poco más del tema.
Esperamos que te sea útil y alimente tu interés por este principio constitucional y la historia de las luchas de las mujeres por volverlo una realidad legal y sustantiva.
¿DE QUÉ HABLAMOS CUANDO HABLAMOS DE PARIDAD?
Hablar de paridad de género remite a la participación y representación equilibrada de mujeres y hombres en la vida política, económica y social, así como en puestos de poder y de toma de decisiones. Es por ello que la paridad se considera un indicador de la calidad democrática de los países.
Es uno de los importantes logros y avances conseguidos por las mujeres en términos de representatividad, derechos y libertades, producto de la compleja, desafiante y larga lucha que han sostenido históricamente.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE LA PARIDAD?
Porque a pesar de los logros que ya se han obtenido y que demuestran la capacidad y preparación de las mujeres para participar en todos los ámbitos de la sociedad y vida pública, prevalecen las resistencias de una sociedad patriarcal que se niega a desaparecer los roles y estereotipos machistas que le son característicos y que están detrás de la discriminación y las violencias por razón de género.
MARCO NORMATIVO BÁSICO
La paridad no es una medida de acción afirmativa de carácter temporal, ni tampoco una medida compensatoria. Es un compromiso internacional de los estados nación y un principio constitucional de nuestro país, como queda consagrado en instrumentos jurídicos internacionales y en el entramado normativo nacional, porque la mejor forma de garantizar los derechos de las mujeres es el reconocimiento expreso en el marco normativo de sus derechos y del modo de materializarlos.
MARCO INTERNACIONAL
Uno de los instrumentos más importantes en materia de derechos de las mujeres en el ámbito internacional es la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (https://apps.cjf.gob.mx/convenciones/assets/files/cedaw/cedaw.pdf)conocida como la CEDAW por sus siglas en inglés. El 18 de diciembre de 1979 fue adoptada por unanimidad en la Asamblea General de las Naciones Unidas, entró en vigor en 1981 y ha sido ratificada por 188 países, lo que implica el compromiso de cada uno de ellos para reconocer todas aquellas expresiones que discriminan a las mujeres y adoptar las medidas necesarias y urgentes para garantizar la igualdad sustantiva.
También contamos con la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia en Contra de la Mujer (https://apps.cjf.gob.mx/convenciones/assets/files/bdp/belemdopara.pdf), conocida como Belém do Pará por el lugar donde fue firmada. En ella se reconoce que la violencia en contra de las mujeres constituye una violación a los derechos humanos, ya que limita el goce y ejercicio de los derechos y las libertades de las mujeres, por ello condena todas las formas de violencia e insta a cada país a impulsar, sin dilación, los cambios legales y las políticas públicas necesarias para prevenirla, sancionarla y erradicarla.
La CEDAW y la Convención de Belém do Pará son solo dos de los instrumentos internacionales en la materia. Si quieres conocer los demás, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Sonora cuenta con un acervo de protocolos, códigos, acuerdos, y otros documentos relacionados con paridad e igualdad de género, no discriminación y violencia política contra las mujeres en razón de género (http://www.ieesonora.org.mx/paridad/marconormativo) |
MARCO NACIONAL
En México, el principio de paridad fue incorporado a nuestra Constitución en 2014. Es un principio constitucional que se refiere a la participación equilibrada, justa, y legal, que asegura que las mujeres en toda su diversidad tengan una participación y representación igualitaria en la vida democrática de nuestro país.
¿Quieres saber más sobre la reforma de #ParidadEnTodo? Consulta sobre el Proceso de aprobación de la minuta del proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2°, 4°, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (https://genero.congresocdmx.gob.mx/wp-content/uploads/2019/07/Hoja-informativa-ParidadenTodo-06062019-1.pdf). |
REFORMA CONSTITUCIONAL DE 2019
En junio de 2019 se aprobaron reformas a la Constitución Política para incorporar la #ParidadEnTodo, lo que representa un logro sin precedentes para avanzar hacia una participación equilibrada de mujeres y hombres en los puestos de poder y de toma de decisiones. Esta reforma establece que la mitad de los cargos de decisión sean para las mujeres en los tres poderes del Estado, en los tres órdenes de gobierno, en los organismos autónomos, en las candidaturas de los partidos políticos a cargos de elección popular, así como en la elección de representantes en los municipios con población indígena.
¿Quieres saber más sobre la reforma de #ParidadEnTodo? Consulta sobre el Proceso de aprobación de la minuta del proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2°, 4°, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (https://genero.congresocdmx.gob.mx/wp-content/uploads/2019/07/Hoja-informativa-ParidadenTodo-06062019-1.pdf). |
¿QUÉ ESPERAR EN UN PROCESO ELECTORAL?
Para que en nuestro país se consolide una verdadera democracia incluyente, plural e igualitaria es indispensable que en un proceso electoral, sea federal o estatal, se garantice plenamente el principio constitucional de paridad, los derechos político-electorales de las mujeres y se sancione con todo el rigor de la ley los actos que constituyan violencia política en razón de género.