Con la puesta en marcha del Acuerdo de Paz y las Circunscripciones Especiales Transitorias para la Paz, nacieron muchos mitos , como que estas estaban siendo creadas para candidatos de grupos armados, o que iban a favorecer o perjudicar a ciertos partidos políticos.
En esta guía , desmentimos esos mitos y te explicaremos quienes son los candidatos y cómo van a ser electos.
¿Quiénes pudieron inscribirse como candidatos y candidatas?
Para ser candidato a un curul de paz, es necesario ser víctima del conflicto. Aquí te detallamos los requisitos que debieron cumplir las y los candidatos para ocupar un curul de paz:
Para ser candidato
Inhabilidades
¿Quién es víctima del conflicto armado?
Se consideran víctimas aquellas personas que individual y únicamente hasta el tercer grado de consanguinidad (tíos, sobrinos, bisabuelos, bisnietos) y primero de afinidad (esposo, suegros, yernos, padrastros) o colectivamente hayan sufrido un daño como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones a las normas internacionales de Derechos Humanos ,ocurridas con ocasión del conflicto armado interno
La condición de víctima individual o colectiva es acreditada según certificado expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas (UARIV).
*(Fuente: Cartilla Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz – CITREP, Elecciones nacionales Colombia 2022. Misión de Observación Electoral.).
¿Quiénes pudieron postular candidaturas?
Para postular una candidatura, era necesario que la inscripción la realizará una organización de víctimas, una organización social, campesina o una organización social de mujeres. También pudieron inscribir candidaturas los Consejos Comunitarios, las autoridades indígenas y resguardos, las Kumpañy y grupos significativos de ciudadanos (no afiliados a partidos políticos ni movimientos).
Listas de candidatas y candidatos
Las candidaturas se presentan en listas de Organizaciones (Organizaciones de víctimas, organizaciones sociales, organizaciones campesinas, organizaciones sociales de mujeres ,consejos comunitarios o grupos significativos de ciudadanos), estas organizaciones deben estar debidamente reconocidas y registradas en las entidades correspondientes según su territorio ,estas listas serán integradas de forma paritaria, esto quiere decir que debe haber la misma cantidad de hombres y mujeres.
- Serán dos personas candidatas en cada lista, cada organización presenta dos candidatos.
- Habrá un hombre y una mujer en cada lista.
- Son dos candidatos porque solo habrá un electo por circunscripción.
- Es lista de voto preferente, cada votante puede votar por su candidato o candidata preferente en la lista .
Si quieres conocer la lista completa de las y los candidatos, puedes revisarlos en este documento de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Los curules de paz están clasificados como “CITREP” y ordenados por departamento.