Si bien no existe un listado único o exhaustivo de los derechos sexuales y reproductivos que corresponden a todas las personas por el solo hecho de serlo, se pueden mencionar al menos los siguientes:
- Derecho de todas las personas a vivir libres de coerción, discriminación y violencia relacionada con la sexualidad e identidad sexual.
- Derecho al respeto y protección de la integridad corporal de todas las personas.
- Derecho a recibir educación sexual integral desde temprana edad, especialmente garantizada a niñas, niños y adolescentes en sistema escolar.
- Derecho a buscar, recibir y compartir información relacionada con la sexualidad, incluyendo información sobre prevención de infecciones de transmisión sexual (ITS) y VIH/SIDA.
- Derecho al más alto nivel posible de salud sexual, incluyendo el derecho al acceso a servicios de salud sexual integrales (promoción, prevención, diagnóstico y atención o tratamiento), sin barreras ni obstáculos en razón de la edad, sexo, orientación sexual, identidad y/o expresión de género, raza o etnia, nacionalidad, condición migratoria, situación de discapacidad o privación de libertad, entre otras.
- Derecho a decidir si tener o no relaciones sexuales, elegir a la pareja y disfrutar de relaciones sexuales consensuadas.
- Derecho a medidas de prevención, atención, protección y reparación frente a la violencia de género y a la violencia sexual.
- Derecho a decidir en forma libre y autónoma si tener o no hijos/as, y a decidir el número y espaciamiento entre estos/as.
- Derecho a acceder a información y servicios de salud reproductiva sin discriminación ni barreras, incluyendo el acceso a métodos anticonceptivos libremente elegidos y de calidad.
- Derecho a acceder a abortos seguros y en condiciones de dignidad, no sujetos a la autorización de terceras personas, sin criminalización ni estigma.
- Derecho a la confidencialidad de la atención de salud sexual y reproductiva y respeto a las decisiones de cada persona.
- Derecho a la atención obstétrica y a cuidados especiales antes y después del parto.
- Derecho a medidas de prevención, atención, protección y reparación frente a la violencia obstétrica.
- Derecho a la protección de todas las familias.
- Derecho al consentimiento informado y protección frente a experimentos e intervenciones no consentidas, particularmente frente a esterilizaciones y abortos forzados.
Los derechos sexuales y reproductivos incluidos en este documento corresponden a un listado mínimo, de carácter ejemplar e ilustrativo. Si en su opinión o conforme al trabajo de su organización, movimiento o colectivo estima que debe incluirse algún otro derecho, le agradeceremos si nos puede escribir a contacto@humanas.cl y comentarnos al respecto.
¿Por qué es importante que los derechos sexuales y reproductivos estén reconocidos y protegidos en la nueva constitución?
La Constitución Política es la ley superior en cualquier país, regula los principios y valores que guían la vida en común, los derechos y libertades de las personas, la estructura del Estado, las obligaciones, atribuciones y límites de los órganos públicos, entre otras cuestiones fundamentales. A la Constitución deben adecuarse todas las leyes, las políticas públicas y las decisiones judiciales, y resulta obligatoria no solo para las instituciones públicas, sino también para todas las entidades privadas y para las personas en general.
Por ello, es la Constitución Política la norma en la que deben definirse los derechos humanos de todas las personas, incluyendo los derechos sexuales y reproductivos, y las garantías que los diversos órganos del Estado deben asegurar para que todas las personas puedan ejercerlos y desarrollarse plenamente.
De ahí la importancia que reviste que en la nueva constitución se reconozca y protejan los derechos de todas las personas, sin discriminación de ningún tipo, a vivir su sexualidad autónomamente como fuente de desarrollo personal y de bienestar, libres de toda clase de violencia o coerción; a tomar decisiones libres y responsables sobre su cuerpo, su sexualidad y reproducción, incluyendo la de tener o no hijos/as, cuantos/as y en qué momento; recibir educación sexual integral; acceder a servicios de salud sexual y reproductiva integrales y a seguridad social; y protección frente a la discriminación y violencia en razón de la orientación sexual e identidad y expresión de género.