Im.pulsa

Mayo 11, 2021. Por CEM

Propuestas para justicia económica de género en la nueva constitución

Este contenido forma parte del curso Injusticias económicas de género

En el debate constitucional proponemos:

  • Promover el reconocimiento constitucional de los derechos económicos y sociales de toda la población, considerando especialmente la realidad de las mujeres migrantes, pobres, rurales (campesinas y asalariadas), indígenas, disidencias sexuales y en situación de discapacidad, garantizando cupos específicos donde y cuando lo demanden dichos colectivos. 
  • Asegurar el abastecimiento de algunos bienes básicos y que la población tenga voz e influencia paritaria en las decisiones sobre la disponibilidad de bienes comunes a los que no puede afectar la propiedad privada, como el agua, el aire sin contaminar, la costa marítima y de lagos, la fauna. 
  • Incluir en la nueva constitución los principios de: dignidad, igualdad sustantiva, no-discriminación, solidaridad, libertad y autonomía, paridad de género, pluralismo y el derecho al cuidado y al buen vivir.
  • Acordar y redactar los derechos fundamentales de las mujeres en conformidad con su reconocimiento y contenido en los tratados internacionales de los derechos humanos.
  • Acordar la participación paritaria de género en la totalidad de organismos colegiados, sindicales, gremiales, políticos y sociales.
  • Acordar que el objetivo central del sistema económico será la sostenibilidad de la vida, produciendo bienestar, asegurando la sobrevivencia, una vida grata y cuidando del planeta. 
  • Reconocer y revalorizar la interdependencia de las dos áreas de la economía, la producción de bienes y servicios y la producción de bienestar humano. 
  • Recuperar el sentido y el papel del trabajo doméstico y de cuidado, poniéndolo como eje central de la sociedad que queremos y como condición indispensable, aunque no suficiente, para terminar con la desvalorización de las mujeres. 
  • Aprobar el principio de la responsabilidad social del cuidado en la constitución, que compromete la participación institucional y comunitaria, así como privada y la responsabilidad de ambos sexos en todas las instancias, reconociendo las dependencias entre personas cuidadas y cuidadores, y diseñando soluciones que no recaigan como responsabilidad de ningún grupo específico: mujeres, abuelos/as, adolescentes, desempleados, familiares empobrecidos. 
  • Incluir el derecho al trabajo remunerado con garantía de no discriminación, directa e indirecta, y con igualdad sustantiva en la calidad, condiciones e ingresos entre hombres y mujeres.
  • Incluir la garantía de la igualdad salarial entre hombres y mujeres, poniendo en funcionamiento mecanismos efectivos que puedan terminar con la brecha salarial, en el sector privado y público.
  • La seguridad social debiera garantizar la sostenibilidad de la vida a lo largo de todo el ciclo vital de las personas.
  • Incluir el derecho a una seguridad social ligada a todos y todas, efectivamente universal y solidaria, que colectivice los riesgos como el desempleo, la vejez, la enfermedad, la invalidez, los accidentes del trabajo, la maternidad o la pérdida del sostén de familia; y que reconozca el trabajo reproductivo no pagado y las condiciones más desventajosas en las que las mujeres ingresan al trabajo remunerado.
CEM

El CEM (Centro de Estudios de la Mujer) es una institución fundada en 1984 por un equipo interdisciplinario de economistas, sociólogas, psicólogas e historiadoras. Entre sus campos de interés destacan las investigaciones sobre los trabajos desempeñados por las mujeres (doméstico y de cuidado no remunerado y remunerado), los efectos de los cambios del modelo económico sobre las relaciones de género, los procesos de constitución de las mujeres como sujetos políticos y ciudadanas, el papel de las políticas públicas y marcos jurídicos en la reproducción o cambio de las relaciones de género.